lunes, 27 de diciembre de 2010

Calificaciones y aclaraciones

Estimados Alumnos:

Ya están publicadas las calificaciones del II parcial, en la pestaña correspondiente y en el sistema de la UEES. La casilla de actuación ("Trabajos") la he computado entre la participación en clase y la evaluación del trabajo de campo que les fue encomendado.

A los alumnos que tienen un puntaje de 50 o menos en este apartado, les puedo decir que ello obedece a que no asistieron a las audiencias (o al menos, no cuando fueron estudiantes de la materia "Derecho Constitucional III"). Esto lo he podido constatar, ya por propia declaración del estudiante (indicando en el mismo trabajo que la fecha de la audiencia fue anterior al inicio de nuestro Curso), o ya por verificación de un hecho falso (porque internet existe, y la página web de la Función Judicial muestra la verdadera fecha de realización de las audiencias). En cualquier caso, el trabajo consistía en estar presente en la Audiencia al momento de ser estudiante de Derecho Procesal Constitucional, y dar cuenta de todas las cuestiones planteadas según esa experiencia propia; en estos casos que comento, es evidente que no lo hicieron.

Debo decir, de paso, que en todos aquellos trabajos en que no se acompañaron copias del expediente procesal, me surgió la pertinente duda. Algunos trataron de engañarme, cambiando la fecha real de la Audiencia; otros fueron más ingenuos y no se dieron cuenta de la problemática con la fecha. Pues da igual: tienen CERO en el trabajo y, sólamente por caridad, una calificación residual por participación en clase.

Quiero que tengan presente que no he sido ni soy inflexible: a pesar de que no fue lo que yo había pedido, admití que me presentaran trabajos sobre Audiencias de otras garantías jurisdiccionales, sobre Medidas Cautelares, sobre instancias de Apelación ante Corte Provincial, etc. Lo admití como quiera que se haya visto un esfuerzo del estudiante en asistir personalmente a una determinada diligencia judicial relacionada con nuestra materia. Lo que no voy a admitir, jamás, es el facilismo y el engaño; mientras pueda controlarlos desde mi posición de profesor, lo haré y lo seguiré haciendo.

Tengan una buena tarde.

Atentos saludos,

JBM

viernes, 10 de diciembre de 2010

Materia del Examen Final

Para el examen, tener en consideración el estudio de:

- Acción de Protección (desde "Improcedencia de la A/P");
- Medidas Cautelares;
- Acción Extraordinaria de Protección;
- Acción por Incumplimiento;
- Sentencias Constitucionales (casos prácticos); y,
- Hábeas Corpus.

De todos los anteriores temas, existen diapositivas de Power Point disponibles ya en este blog.

Adicionalmente, por la importancia del tema, deberá estudiarse también el libro del Dr. Carlos Salmon Alvear, Nociones acerca del hábeas data en el Ecuador (desde el inicio hasta la página 45, antes del acápite "Juez competente"). Tener en cuenta el Art. 92 de la CRE en concordancia con los artículos 49, 50 y 51 de la LOGJCC.

Finalmente, hago un recordatorio sobre el trabajo enviado para el día del examen, cuyas instrucciones constan en una entrada precedente.

Mucha suerte a todos.


JBM

Hábeas Corpus

Acción por Incumplimiento

Sentencias Constitucionales

Sentencias para análisis y estudio (materia de examen final):

- Sentencia de la Corte Constitucional No. 009-09-SEP-CC (Caso 077-09-EP) -
  (Acción Extraordinaria de Protección, caso de los testigos foráneos en juicio de tránsito)

- Sentencia de la Corte Constitucional No.020-09-SEP-CC (Caso 038-09-EP)
  (Acción Extraordinaria de Protección, caso "Error de Derecho" e "injusticia del resultado")

- Sentencia de la Corte Constitucional No. 004-09-SAN-CC (Caso 001-08-AN)
   (Acción por Incumplimiento, caso "Polanski criollo")

JBM

Acción Extraordinaria de Protección