a) Luis PRIETO SANCHÍS: "Observaciones sobre las antinomias y el criterio de ponderación" en "Diritti & Questioni Pubbliche", Rivista di Filosofia del Diritto e Cultura Giuridica, No. 2, Agosto de 2002, págs. 97-114. Disponible aquí
(Nota: leer desde la página 9 del documento PDF hasta el final).
b) "Colisión de derechos fundamentales y juicio de ponderación", aquí
(Nota: leer desde la página 18 en adelante)
II.- Diapositivas.-
a) Sobre proporcionalidad y ponderación:
NOTA: repasar desde la diapositiva # 27 en adelante.
b) Sobre Acción de Protección
III.- Deber.-
001-11-SCN-CC La norma prevista en el artículo 24, inciso primero de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, relativa a la temporalidad para la presentación del recurso de apelación, no contraría la Constitución y ha de entenderse como días término y no días plazo.
Saludos,
JBM
b) Sobre Acción de Protección
Nota: las diapositivas empleadas en la revisión de las normas comunes de procedimiento de las garantías jurisdiccionales, constan también aquí, desde la diapositiva # 20.
Reelaborar el texto del Art. 19 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, formulando una propuesta de regulación de los mecanismos de reparación económica, y tomando en cuenta las críticas realizadas en clase.
IV.- Referencia.-
SENTENCIA de la Corte Constitucional del Ecuador, para el Período de Transición:
001-11-SCN-CC La norma prevista en el artículo 24, inciso primero de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, relativa a la temporalidad para la presentación del recurso de apelación, no contraría la Constitución y ha de entenderse como días término y no días plazo.
Saludos,
JBM
No hay comentarios:
Publicar un comentario